Moratoria de deuda hipotecaria ante el COVID-19


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Muchas familias están preocupadas por si llegarán al pago de la hipoteca a consecuencia de la situación que estamos viviendo. Para solventar este problema, el gobierno ha establecido una medida en la que se aplaza el pago de las hipotecas para aquellos deudores que estén en situación de vulnerabilidad económica.

Ahora bien, ¿quien está en situación de vulnerabilidad económica?. Los requisitos son los siguientes:

– Que el deudor de la hipoteca pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una caída de sus ventas de al menos el 40%.

– Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria, con carácter general el limite de tres veces el IPREM.

Este limite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar .Si la unidad familiar es monoparental, el incremento será de 0,15 veces el IPREM.

Este limite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.

En el caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el limite será de 4 veces el IPREM, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.

En el caso de que el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%, el limite será de 5 veces el IPREM.

– Que la cuota de la hipoteca, más los gastos de suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba la unidad familiar.

– Que a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de las circunstancias económicas cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3