Que hereden también los nietos


Si quiere reducir la tributación de sus hijos cuando éstos hereden los inmuebles de los que usted es propietario, plantéese dejar la nuda propiedad de dichos inmuebles a sus nietos…

Nuda propiedad

Inmuebles. A lo largo de los años, usted ha conseguido acumular un patrimonio inmobiliario. No obstante, teme que cuando sus hijos lo hereden, se vean obligados a satisfacer un Impuesto sobre Sucesiones elevado. Apunte. Un conocido suyo le ha comentado que, contratando a una persona a jornada completa para que gestione los inmuebles alquilados, puede reducir el coste de este impuesto; pero en su caso su patrimonio no es lo suficientemente elevado para soportar el coste de dicha contratación. ¿Dispone de otra alternativa?

Incluya a sus nietos. Pues bien: si tiene nietos, una buena opción para reducir el coste del Impuesto sobre Sucesiones es declarar herederos a sus hijos, pero constituyendo legados a favor de sus nietos, de forma que éstos reciban la nuda propiedad de los inmuebles.Apunte. De ese modo, sus hijos seguirán percibiendo las rentas que generen los inmuebles (como usufructuarios), pero logrará repartir su herencia entre más personas, de forma que la tributación global será inferior.

Mejor entre varios herederos

Menos coste. En concreto, dicha menor tributación global se dará por dos motivos:

  • Progresividad . En primer lugar, porque el Impuesto sobre Sucesiones es progresivo. Y al repartirse los bienes entre más personas, el tipo medio a satisfacer disminuye. Apunte. Así pues, paga más una persona que recibe una herencia valorada en 200.000 euros que lo que pagan conjuntamente dos personas que reciben 100.000 euros cada una.
  • Reducciones. Como todos los herederos y legatarios serán descendientes, todos ellos disfrutarán de las reducciones aplicables en estos casos, por lo que el valor de la herencia que acabará tributando será inferior. Apunte. Además, si entre los nietos hay menores de 21 años, dichas reducciones todavía serán más elevadas.

Ejemplo

Un hijo y dos nietos. Usted es viudo y tiene un hijo y dos nietos. Su patrimonio está compuesto por la vivienda habitual valorada en 300.000 euros, varios locales que alquila valorados en un millón de euros, y otros bienes (ajuar doméstico incluido) por valor de 120.000. Apunte. Pues bien, si en el momento de transmitir la herencia su hijo tiene 60 años y sus nietos, 25 y 19, dejar el usufructo de los locales a sus nietos supondrá un ahorro global en el Impuesto sobre Sucesiones de 98.730 euros:

Concepto Sin nietos Con nietos
Hijo Hijo Nieto 1 Nieto 2
Base imponible (1) 1.420.000 810.000 305.000 305.000
Red. parentesco (2) -15.957 -15.957 -15.957 -23.939
Red. viv. habitual -122.606 -122.606
Base liquidable 1.281.437 671.437 289.043 281.061
Cuota (3) 363.811 161.771 52.673 50.637
Cuota total 363.811 265.081

1. Al tener el hijo 60 años, el usufructo de los locales se valora en el 29% del valor de éstos (89-60); es decir, 290.000 euros. El resto (la nuda propiedad) es para los nietos a partes iguales (710.000 / 2).

2. La reducción para descendientes es de 15.997 euros, pero aumenta en 3.991 euros por cada año que el descendiente tenga menos de 21 (caso del Nieto 2).

3. Cuota según tarifa estatal. Las reducciones y tipos aplicables pueden variar en función de la comunidad autónoma de que se trate.

Conclusión. Si tiene nietos, utilice esta alternativa para repartir el importe de la herencia y reducir el coste del Impuesto sobre Sucesiones.

Si la herencia se reparte entre más personas, la tributación global por dicho impuesto será inferior. Asimismo, al dejar el usufructo de los inmuebles a sus hijos, éstos no saldrán perjudicados.