Según indica el Anexo del Real Decreto Ley 10/2020, las actividades consideradas como esenciales son las siguientes: Las actividades indicadas en el Real Decreto del estado de alarma, tales como: establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas […]